viernes, 30 de agosto de 2024

CCOO sobre la compatibilidad para una segunda actividad pública o privada

 

Evolución del número de compatibilidades autorizadas (Fuente: Portal de Transparencia)

 CCOO recordamos que toda empleada o empleado público que quiera realizar una segunda actividad, debe pedir autorización a Función Pública, con muy pocas excepciones

CCOO recordamos a todas las empleadas y empleados públicos -funcionarios, laborales y estatutarios-, según la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, que quieran ejercer cualquier actividad privadas o una segunda actividad pública susceptible de compatibilidad -con las excepciones recogidas en el artículo 16 y el resto de articulados de dicha ley-, es necesario solicitar a Función Pública la compatibilidad, a través del Portal Funciona o bien de los procedimientos electrónicos incluidos en la sede del Ministerio de Política Territorial y de la Secretaría de Estado de Función Pública.

CCOO insistimos en esto, puesto que de no hacerse, se puede incurrir en falta grave o muy grave, con sanción de empleo y sueldo, y advertimos que lo mismo da que la actividad sea estar unas horas de camarero, que de ingeniera en una oficina, que de conductora del camión de la basura, administrativo, o informática en cualquier empresa privada -o de autónomo- o realizar cualquier otro empleo público. Función Pública podrá autorizar o no la realización de la actividad atendiendo a lo establecido en la Lye 53/1984. Se aplica el silencio administrativo positivo según la disposición adicional primera del Real Decreto 1777/1994.

CCOO también queremos advertir de que en algún organismo se ha informado incorrectamente por parte de las unidades de recursos humanos, así que os emplazamos a consultar los siguientes enlaces oficiales al respecto.

 

viernes, 2 de agosto de 2024

CCOO reclama la remuneración inmediata del permiso parental

 

El Gobierno incumple la normativa europea al expirar este 2 de agosto el plazo para retribuir el permiso parental

CCOO exigimos la remuneración inmediata y completa de las 8 semanas del permiso parental. Este 2 de agosto expira la prórroga concedida por Europa para la completa transposición de la Directiva 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores. Una norma que, tal y como hemos venido defendiendo desde CCOO, estipula la remuneración completa de todas semanas, pese a que el pasado mes de junio de aprobó sin ella. Leer+