CCOO insistimos en que teniendo alguno de los síntomas, aunque sea leve, es necesario actuar según las autoridades sanitarias, y según lo establecido por el MITERD y el MAPA, sus OOAA y AEMET
- Actuemos con responsabilidad. Salir de esta situación requiere de la responsabilidad de todas y todos.
Si una o un empleado público o cualquier trabajador de una empresa contratista, presenta cualquier sintomatología (tos, fiebre, dificultad al respirar, etc.) que pudiera estar asociada con la COVID19 no deberá acudir a dependencias del Ministerio, organismo autónomo o agencia, y tendrá que contactar con el teléfono de atención para COVID19 de su Comunidad Autónoma o con su centro de atención primaria y seguir sus instrucciones. En el puesto de trabajo debe comunicarlo al menos al servicio de prevención.
El personal que haya tenido recientemente sintomatología confirmada relacionada con COVID19 sólo se reincorporará cuando resulte procedente de acuerdo con los protocolos de las autoridades sanitarias. Ante la duda, lo mejor es comunicarlo al servicio de prevención, para que nos oriente.
Si un trabajador ha estado en contacto estrecho (convivientes, familiares y personas que hayan estado en el mismo lugar y sin guardar las distancia interpersonal con otras personas que presentasen síntomas de la enfermedad, a una distancia menor de 2 metros durante un tiempo de al menos 15 minutos), tampoco debe acudir a su puesto de trabajo, incluso en ausencia de síntomas, por un espacio de al menos 14 días, informando al menos al Servicio de Prevención.
Cualquier cambio de situación en cuanto a todo lo indicado, que se de según transcurra el tiempo, hay que comunicarlo al menos de nuevo a los servicios de prevención. Leer+
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