CCOO, al igual que con la resolución de Función Pública, no suscribimos ninguna de las dos, al dejarlo todo al criterio de la Administración y no regular el "teletrabajo"
Ayer 29 de junio se publicaba la Resolución del Subsecretario del MITERD sobre medidas organizativas y de prevención para el ámbito del ministerio, sus organismos y meteorología, al igual que lo hiciera el del MAPA el pasado viernes 26, para la nueva normalidad.
CCOO hemos insistido en las reuniones de la semana pasada de las dos mesas delegadas de la MGNAGE en ambos ministerios, en que se ha perdido la oportunidad de regular todo lo relativo al "teletrabajo", incluida la adquisición de medios para realizarlo, y que ambas resoluciones, al igual que la de Función Pública del 17 de junio -que CCOO no firmamos- deja toda la decisión de quien puede o no realizar el trabajo a distancia -que no es un derecho reconocido- y la incorporación al puesto del trabajo en manos de la Administración.
En el caso del MITERD, y aunque la Administración pretende que la resolución publicada ayer sea de aplicación inmediata, creemos que es necesaria su adaptación, al menos, en los organismos autónomos, costas y meteorología, ya que no deja claro que ocurre con el personal que no puede hacer trabajo a distancia -que en el ámbito del ministerio son dos tercios de la plantilla- teniendo en cuenta que casi el 40% de las y los empleados públicos de todo el ministerio están ya incorporados al trabajo presencial. Leer+
- Resolución del Subsecretario del MITERD de 29 de junio
- Resolución del Subsecretario del MAPA del 26 de junio
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