viernes, 12 de junio de 2020

Personal laboral: Acuerdo de compatibilidad del permiso por nacimiento con el permiso de paternidad



El permiso de dos días por nacimiento se disfrutará tras el permiso de paternidad o de la otra persona progenitora distinta a la madre biológica

Ayer Función Pública remitía el Acuerdo adoptado por el Grupo de Interpretación de la Comisión Paritaria relativo al permiso por nacimiento (art. 75.1 IV Convenio Único), con los votos favorables de CCOO, UGT, CSIF y CIG. Recordamos que, con este acuerdo, el permiso de dos días por nacimiento de hijo o hija se mantendrá durante la vigencia del IV CU, siendo compatible con la suspensión de contrato por nacimiento del art. 93.1 (Permiso de paternidad o para la otra persona progenitora diferente de la madre biológica), de manera que deberá disfrutarse a continuación de la finalización de dicha suspensión. Leer+

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