Delegación de CCOO en el grupo de interpretación del IVCUAGE en la reunión telemática |
El Grupo ratifica la compatibilidad del permiso por nacimiento del Convenio con los permisos del EBEP entre otras cosas
El día 5 de junio se reunió el Grupo de trabajo de Interpretación dependiente de la Comisión Paritaria del IV Convenio Único para estudiar discrepancias de interpretación del texto del Convenio ya presentadas en pasadas fechas e incluir cuestiones nuevas surgidas en los últimos meses.
Se ha aprobado finalmente la interpretación sobre el artículo 75, apartado b) del IV CU, relativo al disfrute de dos días de permiso por nacimiento de hija o hijo en el sentido de que este permiso es compatible con el art. 49.a) b) y c) del TREBEP. Por tanto, se reconoce el derecho del progenitor diferente a la madre biológica (contemplando igualmente casos de adopción, guarda y acogimiento) a disfrutar de este permiso además del establecido en el TREBEP de dieciséis semanas.
Otra de las cuestiones que figuraba en el orden del día fue la correspondiente a permisos del artículo 75 del Convenio y su interpretación sobre el inicio del cómputo del permiso por hospitalización y fallecimiento. Sin embargo, dado que el texto propuesto por la Administración no respondía con precisión al problema objeto de debate, se pospone la decisión final a la espera de una nueva propuesta que se hará llegar a la parte social para su revisión y posible acuerdo en la próxima reunión de la Comisión Paritaria. Leer+
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