Para aplicar la medida, es necesario llevar a cabo una modificación normativa con rango de ley para asegurar la viabilidad jurídica de la misma
El cambio de régimen jurídico, es un proceso voluntario que permitirá la participación de todas las trabajadoras y trabajadores del Anexo II que podrán optar al grupo de personal funcionario de referencia según grupo de origen del IV Convenio y a escalas técnicas de gestión, administrativa y auxiliar de Organismos Autónomos de carácter interdepartamental aunque se pueden analizar casos concretos para valorar otras alternativas. La Administración insistió en que el proceso selectivo se desarrollaría a través del sistema de concurso-oposición.
A pesar de la reivindicación histórica de la Sección Sindical de CCOO en el MITECO-MAPA de que se tenga en cuenta la dilatada experiencia profesional como personal laboral de la vigilancia del dominio público para el cambio de régimen jurídico, la Administración reiteró en la reunión del Grupo de Trabajo que se ha de cumplir con el requisito de la titulación correspondiente. Leer+
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