Aquellas y aquellos que no hayan cambiado de ministerio, organismo o agencia desde el 1 de enero de 2024, los atrasos se liquidarán de oficio
Hoy se han publicado en el BOE las instrucciones para el pago del 0,5% pendiente de la subida salarial correspondiente en 2024, acordada por CCOO y UGT en el Acuerdo Marco por una Administración del siglo XXI (2022-2024). Para aquellas y aquellos que no haya cambiado de destino durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el último día del mes anterior al del pago de los atrasos, los atrasos se liquidarán de oficio por el ministerio, organismo o entidad en que se encuentre prestando servicios la o el interesado en dicho día. Para el resto, se estará a lo recogido en dichas instrucciones. Leer+
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.